Los colectivos reconocen el esfuerzo llevado a cabo por los miembros del Congreso de los Diputados en esta legislatura, no obstante, es el reconocimiento mismo al carácter histórico de la aprobación de esta Ley, el que motiva la especial necesidad de aprobar una Ley incompleta.

No podemos olvidar el compromiso, talento y valentía de personas como Ocaña, Carla Antonelli, Beatriz Gimeno, Kim Pérez, Boti García Rodrigo, Andrea Muñiz Celestino, Pedro Zerolo, Ilota Ledo, Gina Serra Insua, Alberto García Catalina, Abel Serafín García… entre otras, personas in las cuales hoy no contaríamos con una de las legislaciones más avanzadas en materia de reconocimiento de una realidad que siempre ha estado a la vista, pero que demasiadas veces ha sido objeto de rechazo, desconocimiento y tergiversación. A todas ellas, deberíamos agradecer la protección y el reconocimiento legal del que hoy disfruta una inmensa minoría de nuevas familias. Este es un detalle ineludible: las personas transexuales estuvieron presentes cuando se trataba de ayudar a los demás, ahora, por Justicia, no podemos fallarles.

No estamos ante una Ley más, la presente modificación del Registro Civil constituye uno de los pasos más importantes dados en la Historia de nuestro país, y por extensión, de toda la Humanidad, para acercarnos a la abolición legal de toda discriminación hacia las personas transexuales. Su efecto no se limita exclusivamente a las personas que se beneficiarán de la Ley, en tanto que un paso hacia la Igualdad, su mera aprobación dignifica al conjunto de la sociedad, y por ello, debería ser motivo de orgullo y satisfacción de toda la ciudadanía.

Es increíble que el acceso a un derecho elemental, se vea comprometido por factores tan arbitrarios como la edad, puesto que ello significaría supeditar el criterio médico a un absurdo límite administrativo. De igual modo, someter el ejercicio de los derechos fundamentales del individuo al nombre de su país de origen, supone una discriminación contraria al artículo 14 de la Constitución Española de 1979 (que se corresponde con el artículo 2 de la Constitución Española de 1931).

Estamos en 2006, todos los escollos jurídicos alegados por el Grupo Parlamentario Socialista han sido desarticulados gracias al trabajo de los equipos legales de asociaciones para la defensa de los Derechos Humanos, asociaciones como: “Transexualidad Euskadi”; Asociación para la Identidad de Género; el Grupo de Transexuales, amigos y familiares de Navarra; “ATC Libertad”, Asociación de Transexuales, Intersexuales de Catalunya; “Así somos”, Asociación de Transexuales de Castilla y León en Valladolid; y “Aperttura”, Asociación de Personas Transexuales de Tenerife, entre otros.

Es insostenible que en nuestros días, la misma Ley que impida a personas menores de edad e inmigrantes recibir el tratamiento adecuado para un diagnóstico de disforia de género, lo autorice para los ciudadanos españoles mayores de edad. Eso sería tanto como elevar la desigualdad a rango de Ley, una vez más.

El asunto es claro: se trata de una cuestión de voluntad política. Confiemos en que a última hora se imponga la cordura y podamos repetir una vez más aquello de “hoy España es un país más digno”, porque la dignidad no reside en nombres, ni trapos, sino en cada uno de sus ciudadanos.