A quienes quemamos fotografías del ciudadano Capeto, el honor de un cómplice dictatorial nos trae sin cuidado, lo que pretendemos es ejercer la crítica política en torno al carácter ilegítimo, extemporáneo, teocrático, fascista, antidemocrático y armado, de una forma de poder etimológicamente impopular.
“El papel lo aguanta todo”, sin duda lo habremos oído en más de una ocasión. Poco importa lo que digan las leyes, porque al final, ser justos o injustos, siempre termina siendo una decisión personal de quienes ejercen el poder. De ahí que sea tan importante garantizar al máximo la transparencia, la participación popular, la revocabilidad de mandatos y los demás elementos esenciales de la democracia, empezando por la libertad de expresión, porque en democracia, silenciar la crítica equivale a conducir a ciegas.
Según dice el Art. 20 de la Constitución
Española, “Se reconocen y protegen los derechos (…) a expresar y difundir
libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito
o cualquier otro medio de reproducción”. Asimismo, la propia Constitución
determina en el Art. 10.2, que tanto los derechos fundamentales como las
libertades reconocidos en ella, deberán interpretarse con arreglo a lo
dispuesto en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en cuyo Art. 19
encontramos: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de
expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus
opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de
difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de
expresión
.
